sábado, 14 de septiembre de 2013

Nueva ley de servicios financieros de Bolivia


Promulgación de la ley.
La nueva normativa número 393 dispone que las entidades financieras destinen anualmente un porcentaje de sus utilidades para dar cumplimiento a una función social. También, que cuenten con prácticas, beneficios e incentivos para mejorar las condiciones de financiamiento a clientes, que registren pleno y oportuno cumplimiento en el pago de todas sus obligaciones crediticias.

Durante su discurso en la promulgación de la ley, Morales destacó confianza de los ahorristas en la banca nacional. “Ahora hay confianza del pueblo en la banca, por eso abren su cuenta para guardar su plata y eso debe continuar. Es como una reversa que pertenece a las familias”, señaló el mandatario.

Agregó que los depósitos son cerca de $us 12.000 millones. “Antes eran de $us 4.000 millones. Solo era para comercio y servicios, casi no había para temas productivos, ahora hay y (se espera) que mejore la economía nacional. La norma también estipula que el Estado participará directamente de diseño y generación de oportunidades”.


El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas diseñó el Proyecto de Ley de Servicios Financieros en cumplimiento de la sección III, sobre política financiera, de la nueva Constitución Política del Estado (CPE), que asigna al Estado la tarea de regular las actividades de intermediación financiera, la prestación de servicios financieros y cualquier otra actividad relacionada con el aprovechamiento e inversión del ahorro, entendiendo que son de interés público.

La nueva Ley remplaza a la Ley 1488, de Bancos y Entidades Financieras, que entró en vigencia en 1993 y que solo velaba por el interés de las entidades financieras privadas y dejaba desprotegido a los usuarios.

A continuación comparto con ustedes la ley en formato PDF:

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