sábado, 19 de enero de 2013

Casas de cambio reducen sus ganancias hasta en 70%

Por el impuesto a las monedas extranjeras las casas de cambio que operan legalmente en Santa Cruz han reducido sus ganancias hasta un 70% aproximadamente, personas ligadas a esta actividad. La Ley Nro 291 promulgada en 2012 establece que cada entidad financiera o empresa que dedicada a la compra y venta de divisas deberán pagar el 0,70 % (en caso de los bancos) y el 0,35% (Casas de cambio) por cada transacción realizada.

La Norma contempla todas las divisas y no solo se aplica, a la divisa norteamericana, sino cambien a todas las monedas extranjeras que son usadas en el país como el Euro (moneda de La Unión Europea), el Real brasilero, y el peso Argentino.

Luis Alberto Suárez, oficial de cumplimiento de la Casa de Cambio Brasil, señaló que el impuesto, empezó a mermar en las utilidades de las casas de cambio.

Explicó que por ejemplo, en el cambio de 100 reales (moneda brasilera), hasta antes del impuesto a las divisas se ganaba Bs 10.

Con el actual gravamen las ganancias por este mismo monto se reduce a solo Bs 2.

Se quejó que adicionalmente, las casas de cambio, tienen pagar un impuesto de 3% de sus utilidades.

"Nos están asfixiando con los impuestos, porque estamos haciendo un pago doble, nuestras utilidades se han reducido hasta en 70%", señaló Suárez.

Escasean divisas. Alfredo Arteaga, propietario de la Casa de Cambio Libertad señaló que actualmente, es difícil comprar divisas. Por al impuesto muchos negocios han reducido el monto para la compra. "Ahora, las personas no quieren vender porque es mucha la diferencia porque nosotros tenemos que comprar hasta 3 o 4 puntos al cambio oficial, y donde vendíamos las divisas nos bajaron el precio de compra", señaló.

Explicó que a largo plazo esto perjudicará su negocio, porque algunas personas optaran por vender sus divisas en el mercado negro y zonas fronterizas.

Cumplimiento
Comenzó el pago del impuesto correspondiente a diciembre

Recaudación. El Servicio de Impuesto Nacionales (SIN), el pasado 11 de enero emitió el formulario el formulario 799 V2, para el pago de este impuesto correspondiente al mes de diciembre.

Según el SIN la obligación de liquidación y pago del IVME surge a partir del periodo fiscal diciembre-2012, conforme lo establecido en el Decreto Supremo N° 1423, de 5 de diciembre de 2012.

Forma de pago, Los bancos y casas de Cambio comenzaron a pagar a partir del 13 de enero, conforme al último dígito del NIT de cada contribuyente.

Con ustedes comparto un boletín informativo sobre este impuesto, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas:

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