miércoles, 21 de noviembre de 2012

Decreto fijará tasas ‘mínimas’ para depósitos

Para “mejorar” los derechos de los usuarios del sistema financiero, el Gobierno establecerá vía decreto tasas “mínimas” de interés para los depósitos y fijará límites máximos para el interés del crédito productivo y el de vivienda, entre otros.


Ayer, el gabinete de ministros dio inicio al tratamiento de los 550 artículos que componen el anteproyecto de Ley de Servicios Financieros, que tiene por objeto establecer normas conducentes a regular las actividades y la prestación de servicios por parte de las entidades que conforman el servicio financiero boliviano.

“Esta nueva ley tiene dos características fundamentales: preservar la estabilidad financiera macroeconómica de Bolivia y mejorar los derechos de quienes utilizan los servicios financieros en todas las instancias del país”, aseguró en conferencia de prensa el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce.

Según el documento al que tuvo acceso La Razón, “el régimen de tasas de interés (...) podrá establecer tasas de interés mínimas para operaciones de depósitos”, a través de un decreto supremo que será gestionado por el Ministerio de Economía.

Datos de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero señalan que la tasa promedio efectiva para los depósitos en moneda nacional en la banca llegó al 31 de octubre a 0,37%; en los fondos financieros privados a 0,95%; en las mutuales de ahorro y préstamo a 0,69%; y en las cooperativas de ahorro y crédito a 1,70%.

El 31 de agosto de 2010, Arce adelantó a este medio que la banca “tiene que subir las tasas pasivas de interés de los depósitos en cajas de ahorro y hacer caer las tasas activas en los préstamos para el sector productivo”.

La normativa también confirma los anuncios realizados por el Órgano Ejecutivo respecto a la regulación de las tasas activas.

LEY. “Las tasas de interés activas serán reguladas por el Ejecutivo mediante Decreto Supremo, estableciendo para los créditos destinados al sector productivo y de vivienda límites máximos dentro de los cuales las entidades financieras podrán pactar con sus clientes en el marco de lo establecido en la presente ley”.

Asimismo, se añade: “las tasas de interés para créditos cuyos destinos sean distintos al sector productivo y de vivienda podrán ser objeto de regulación”.

Para Armando Méndez, expresidente del Banco Central de Bolivia, la nueva ley le dará al Gobierno potestad para “que fije techos para las tasas de interés de créditos, como también pisos para las captaciones”. Tras la aprobación del borrador del documento por el Ejecutivo, pasará al Legislativo para su tratamiento y “será discutido” con la banca y el empresariado privado del país, entre otros, anunció Arce.

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