Promulgación de la ley. |
La nueva normativa número 393
dispone que las entidades financieras destinen anualmente un porcentaje de sus
utilidades para dar cumplimiento a una función social. También, que cuenten con
prácticas, beneficios e incentivos para mejorar las condiciones de financiamiento
a clientes, que registren pleno y oportuno cumplimiento en el pago de todas sus
obligaciones crediticias.
Durante su discurso en la
promulgación de la ley, Morales destacó confianza de los ahorristas en la banca
nacional. “Ahora hay confianza del pueblo en la banca, por eso abren su cuenta
para guardar su plata y eso debe continuar. Es como una reversa que pertenece a
las familias”, señaló el mandatario.
Agregó que los depósitos son
cerca de $us 12.000 millones. “Antes eran de $us 4.000 millones. Solo era para
comercio y servicios, casi no había para temas productivos, ahora hay y (se
espera) que mejore la economía nacional. La norma también estipula que el
Estado participará directamente de diseño y generación de oportunidades”.
El Ministerio de Economía y
Finanzas Públicas diseñó el Proyecto de Ley de Servicios Financieros en
cumplimiento de la sección III, sobre política financiera, de la nueva
Constitución Política del Estado (CPE), que asigna al Estado la tarea de
regular las actividades de intermediación financiera, la prestación de
servicios financieros y cualquier otra actividad relacionada con el aprovechamiento
e inversión del ahorro, entendiendo que son de interés público.
La nueva Ley remplaza a la Ley
1488, de Bancos y Entidades Financieras, que entró en vigencia en 1993 y que
solo velaba por el interés de las entidades financieras privadas y dejaba
desprotegido a los usuarios.
A continuación comparto con ustedes la ley en formato PDF:
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