El proyecto de Ley de Servicios
Financieros o nueva Ley de Bancos obligará a las entidades financieras a dar
por extinguida la deuda por un crédito de vivienda en mora con la ejecución del
bien inmueble entregado en hipoteca.
Los analistas advierten que la
medida puede restringir o endurecer las condiciones de este tipo de
financiamiento.
El artículo 83 de la futura
norma, señala: “Cuando la acción de cobranza judicial de un crédito hipotecario
de vivienda se ejecute sobre un prestatario que contrajo la obligación
crediticia para la compra de su primer inmueble, la cobranza judicial se
limitará al remate judicial del bien inmueble hipotecado, con cuyo producto la
entidad financiera dará por extinguida la acreencia, aun cuando el monto
recuperado fuera menor a la liquidación del crédito, siendo improcedente y nula
cualquier afectación patrimonial adicional al prestatario”.
Fuentes del sector financiero señalaron
que hoy el deudor debe seguir pagando el crédito si su obligación acumulada por
falta de pago supera el valor del bien inmueble en garantía.
El economista José Luis Evia
advirtió que esta disposición si bien ayuda al prestatario, perjudica a las
entidades financieras porque se les traspasa todo el riesgo de la operación y
puede ocurrir que en adelante sean más cautelosos a la hora de prestar.
“El riesgo se está traspasando a
la entidad financiera, eso puede tener consecuencias; será más difícil acceder
a créditos de vivienda; los bancos probablemente serán más cautelosos”,
advirtió el analista.
Armando Álvarez, ex gerente de la
Bolsa Boliviana de Valores, señaló que para las entidades será perjudicial no
poder recuperar todo el préstamo canalizado, tomando en cuenta que deben
responder por los depósitos de la gente.
La disposición puede
desincentivar el crédito hipotecario u obligar a los bancos o mutuales a ser
más prudentes a la hora de aprobar un préstamo, añadió.
En la actualidad, por ejemplo,
muchas entidades exigen 20% del valor del bien inmueble como aporte propio del
cliente y sólo financian el 80%.
Según Álvarez, puede darse que en
el futuro se le pida al prestatario un mayor porcentaje de cuota inicial, como
30% o más, para que el banco no asuma todo el riesgo de la operación.
El proyecto de ley será aprobado
en el gabinete antes de remitirse al Legislativo. La futura norma regulará por
decreto las tasas de interés para el crédito productivo y de vivienda.
No seas ocioso.
ResponderEliminarJCV ;)