martes, 21 de agosto de 2012

Se aplicará en Bolivia, un nuevo tributo por la venta de dólares

El Gobierno aplicará este año una nueva carga tributaria a las entidades del sistema financiero y a las casas de cambio por la venta de moneda extranjera. La disposición tiene el propósito de profundizar la bolivianización y prevenir el “efecto rebote” de la crisis financiera internacional.
 
La Disposición Adicional Décima del proyecto de Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE) 2012, crea el Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera (IVME) que gravará los ingresos obtenidos por entidades bancarias, no bancarias y casas de cambio por la venta de dólares. El tributo “transitorio” regirá por 36 meses.

La carga tributaria no se aplicará a las personas, que compren dólares en las entidades financieras y casas de cambio, sin embargo el impuesto se aplicará a las entidades del sistema financiero y las casas de cambio quienes pagarán el 0,70% por cada operación gravada. Por ejemplo, si los clientes compran $us 100, las entidades tendrán que cancelar un tributo de $us 0,70, mientras si adquieren $us 1.000 tributarán $us 7.

La norma —que libera de la obligación al Banco Central de Bolivia (BCB)— dispone que el nuevo impuesto será “determinado, declarado y pagado” por las entidades financieras y las casas de cambio de forma mensual. Además, indica que el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) establecerá la forma y los plazos de pago.

El exgerente general de la Bolsa Boliviana de Valores (BBV) Armando Álvarez dijo que la aplicación del tributo tiene la meta de “desalentar las operaciones con moneda extranjera y fomentar la política de bolivianización”.

Álvarez añadió además que la medida asumida provocará que las entidades bancarias y las casas de cambio dejen de efectuar la comercialización de moneda extranjera, lo que afectará principalmente a las empresas que realizan importaciones. “También esta disposición desalienta a que las personas realicen sus ahorros en dólares”.

El proyecto de ley, que fue remitido ayer oficialmente a la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Cámara de Diputados para su tratamiento, señala también que el IVME “pagado no es deducible para la determinación de la utilidad neta imponible al Impuesto sobre las Utilidades a las Empresas (IUE)”.

Con ustedes comparto un video con declaraciones del Ministro de economía (Luis Arce Catacora) relacionadas con el tema:

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