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La medida que aplicó la Autoridad de Supervisión
del Sistema Financiero (ASFI) restringirá el acceso a un crédito de consumo a
los asalariados, señaló el secretario ejecutivo de la Asociación de Bancos
Privados de Bolivia (ASOBAN) Nelson Villalobos. El representante agregó que con
esta medida el Gobierno busca evitar mayor inflación.
“Va a tener alguna repercusión obviamente en la
capacidad de contratar créditos por parte de personas naturales asalariadas o
dependientes, y nos imaginamos que esto responde a preocupaciones de la ASFI
porque ellos perciben algún crecimiento en el crédito de consumo susceptible de
un mayor endeudamiento de las personas asalariadas”, manifestó.
Indicó que el crecimiento en el crédito de consumo
en el último año estuvo alrededor del 38 por ciento y los microcréditos en un
35 por ciento .
“De la cartera total, el crédito de consumo
representa el 10 al 12 por ciento ”, señaló.
El 28 de octubre, la Autoridad de Supervisión del
Sistema Financiero emitió una resolución administrativa por la que modificó el
reglamento para los créditos de consumo que deberá ser cumplida por el sistema
financiero.
El primer cambio está referido a que el plazo para
este tipo de créditos “no debe exceder” los 60 meses o cinco años. La segunda
modificación señala que también se debe “contar con la garantía solidaria de
dos personas naturales o una persona jurídica, en cuyo caso el representante
legal de la persona jurídica debe constituirse en garante personal”.
LA NORMATIVA
Las modificaciones al reglamento
Antes
1 Con
garantía real. Cubre el monto total del crédito y sin límite de plazo.
2 Con
garantía personal. Plazo hasta 24 meses, y un garante o una persona jurídica.
3 Cuota. No
excede el 25% del total ganado promedio de los últimos tres meses.
Ahora
1 La
garantía guarda una relación de 1,5 a 1 con el monto del crédito. El plazo es
de 60 meses.
2 Plazo
hasta 18 meses y dos garantes personales.
3 Cuota. No
excede el 15% del total ganado promedio de los últimos tres meses.
A continuación comparto con ustedes la nueva normativa publicada por la ASFI: